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2006-2016

10 febrero 2010

Operador social - Municipio de Maldonado

1) Se llama concurso de méritos destinado a contratar un/a aspirante para prestar servicios como Operador/a Social en dependencia de la Unidad de Descentralización, Oficina de las Mujeres, a fin de integrar su equipo técnico-profesional que se encuentra abocado a la ejecución de los diferentes programas que la referida unidad viene desarrollando en todo el Departamento.

2) El contrato de la persona que resulte seleccionada será en principio hasta la finalización del presente período de gobierno municipal, en la modalidad de arrendamiento de servicios sin ingreso a la función pública, y será pasible de prórroga si las necesidades del servicio así lo ameritan. Al momento de la suscripción del contrato, la/el titular deberá contar con los aportes al día en Caja de Profesionales Universitarios si así correspondiera y en la DGI, así como ajustarse a los términos contenidos en el Artículo 43 del TOCAF.

3) El honorario mensual que corresponderá al Técnico referido será de $ 12.000 (doce mil pesos uruguayos), el que se incrementará el 1º de enero y el 1º de julio de cada año por el 100% del aumento del IPC del semestre anterior. Deberá cumplir con una carga horaria de sesenta horas mensuales y contar con flexibilidad horaria que le permita concurrir a actividades, reuniones nocturnas y/o trabajar en fines de semana.

4) Los lineamientos del presente llamado podrán obtenerse en la página electrónica del Municipio, www.maldonado.gub.uy, o en la Unidad de Descentralización, piso 1º B del Edificio Comunal, pudiendo inscribirse en la referida unidad a partir del 29/1 y hasta el 12/2/10 inclusive en horario de oficina, debiendo cumplir con las siguientes condiciones:

  • ser ciudadano natural o legal y estar inscripto en el Registro Cívico Nacional. Los ciudadanos legales no podrán ser designados hasta 3 años después de haber obtenido la carta de ciudadanía.
  • no ser funcionario municipal, ni ocupar cargos en la función pública (Artículo 175 TOFUP) ni haberse retirado de la función pública al amparo de incentivos que prohíban expresamente el reingreso bajo ninguna clase de vínculo laboral.
Asimismo, deberá presentar:
  • certificado de escolaridad que acredite al aspirante como estudiante avanzado en Licenciatura de Trabajo Social otorgado por la Universidad de la República u otras Universidades o Institutos Universitarios habilitados por el Ministerio de Educación y Cultura, habiendo aprobado como mínimo dos Metodologías de Intervención Profesional o su equivalente;
  • acreditar, en caso de tenerla, experiencia y/o capacitación extracurricular en género;
  • currículo y relación de méritos;
  • Cédula de Identidad;
  • antecedentes laborales;
  • constancia de domicilio (recibo de UTE, ANTEL, OSE) o certificado de residencia en el Departamento de Maldonado.

5 ) Los documentos que los aspirantes agreguen podrán presentarse en fotocopia (tres vías, una para cada integrante del Tribunal Evaluador), cuya concordancia será cotejada con sus respectivas vías originales al momento de la inscripción por el funcionario receptor.

Toda la documentación recibida se mantendrá en custodia en la Unidad receptora hasta el momento en que el Tribunal Calificador proceda al estudio de la misma.

6 ) La selección de los postulantes se realizará por un Tribunal constituido al efecto, que estará integrado por un/a representante de la Unidad de Descentralización- Oficina de las Mujeres de la Intendencia Municipal de Maldonado, un/a representante de la Secretaría de la Mujer de la Intendencia de Montevideo y un/a representante del Instituto Nacional de las Mujeres.

El Tribunal referido estudiará los méritos de quienes se presenten de acuerdo al perfil del cargo, en base a ese análisis se adjudicarán los puntajes a los aspirantes y se elaborará el orden de prelación de los mismos entre quienes superen el mínimo aceptable. De este modo se constituirá un orden titular y un orden suplente, debiendo recurrirse a este último ante la eventualidad de que el/la titular deje de prestar los servicios para los cuales fue contratado, independientemente de la causa que motive ese hecho.

7 ) Una vez finalizado el proceso de evaluación, el Tribunal remitirá los resultados a la Unidad de Descentralización y ésta a la Dirección General de Administración y Recursos Humanos a efectos de realizar las gestiones pertinentes para disponer la contratación del técnico seleccionado.

8 ) En caso de que quien fuere seleccionado/a renuncie a su designación, deberá presentar la respectiva renuncia por escrito a la Unidad de Descentralización, la que la remitirá a la Dirección General de Administración y Recursos Humanos para efectuar las gestiones necesarias a fin de que la Superioridad acepte la misma, contratando en su lugar al suplente que corresponda.

9 ) Asimismo, es de destacar que si el titular no se presentara a desempeñar sus tareas en un plazo de cinco días hábiles a partir de su notificación o de diez días hábiles a partir de su nombramiento, se considerará como desistimiento tácito sin derecho a resarcimiento alguno por parte del Municipio, procediéndose así a ocupar la vacante con el suplente que corresponda de acuerdo al orden suplente respectivo.

10 ) Se deja expresa constancia de que al Técnico o Técnica seleccionado/a no se le abonarán partidas extras por concepto de pasajes, traslados o viático alguno, percibiendo únicamente los haberes por concepto de contrato de arrendamiento de servicios que hayan sido determinados contractualmente.

Fuente: www.maldonado.gub.uy